Inicio Trámites extranjería ¡Hemos conseguido una nueva residencia por cuenta ajena!

¡Hemos conseguido una nueva residencia por cuenta ajena!

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¡Hemos conseguido una nueva residencia por cuenta ajena!

3. Haber llevado a cabo la actividad en el transcurso de un mínimo de tres meses al año siempre y cuando:

8. El cónyuge o bien la del trabajador disponga de los requisitos económicos suficientes para reagrupar al trabajador.

g. Si la unidad familiar tiene dentro 2 integrantes, la cuantía mínima que se va a deber acreditar es la que represente mensualmente el 150% del IPREM, que este año 2014 sube a 799 euros. Por cada integrante agregada, se va a deber agregar el 50% del IPREM, esto es en este año 2014 se sumarían266 euros.

Es sustancial acordarse que en el momento en que se aporten documentos de otros países habrán de estar traducidos al español o bien lengua cooficial del territorio donde se presente la aprobación.

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