Son muchas las consultas sobre la nacionalidad por vivienda y el balance de años para conseguirla. Según dicta la ley se puede pedir este trámite en el momento en que se ha residido en España de «forma legal, continuada y también en el instante previo a la solicitud«.
La duda con el balance de años siempre nos aparece sobre si los años que acertadamente se radicó de manera legal con una estancia por estudios se computan para la solicitud de la nacionalidad por vivienda o bien no.
Siento comentar que la estancia por estudios en la actualidad no se computa como tiempo pasado de manera legal en España, solo se computa desde la fecha de aprobación del primer permiso de vivienda.
Carmen Torres Esteo, letrada y mediadora.
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