jueves, abril 25, 2024
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Me han despedido. ¿Qué medidas puedo tomar?

Muchas son las inquietudes que nos invaden en el momento en que nos ponen por enfrente una carta de despido. ¿Firmo o bien no firmo la carta de despido? ¿Firmo o bien no firmo el finiquito? ¿Las proporciones que están en el finiquito son las que me corresponden?

Iremos por partes. Antes que nada, la es un archivo en el que se nos señala que nos están despidiendo y que la compañía de esta manera está extinguiendo la relación laboral con , ha de estar alentada. Si te ponen por enfrente una carta de despido y nos solicitan que la firmemos, la tenemos la posibilidad de firmar mas es conveniente que se expresen las expresiones «no de acuerdo»  y también detallando la fecha donde nos encontramos firmando. Debemos firmarla porque hay que dejar perseverancia de que se ha recibido, mas al poner bajo la firma las expresiones «no acorde», dejamos perseverancia de que no nos encontramos según el fundamento del despido que nos terminan de hacer llegar. De igual modo es primordial poner la fecha a mano a fin de que quede claro el día en el que nos encontramos firmando, debido a que frecuentemente la fecha de la carta no coincide con la fecha de la firma, siendo fundamental este apunte para futuras acciones.

El finiquito es distinto a la carta de despido y en un caso así se debe tener un particular precaución. Es otro archivo en el que se manifiestan las proporciones que iremos a sentir con ocasión del despido. Las proporciones que deben venir reflejadas son la nómina correspondiente hasta el día trabajado, la parte proporcional de la paga plus (si no está prorrateada en la nómina), las vacaciones no disfrutadas que correspondan y la indemnización si el despido no es procedente y dependiendo del contrato.

¡¡¡Fundamental!!! No firméis en ningún caso el finiquito si no sabéis si las proporciones son adecuadas. ¿Por qué razón? Porque si firmáis y las proporciones que estáis firmando no son las que les corresponden o bien hay algún error, es realmente difícil después reclamarlas, es imposible llevar a cabo nada ni comenzar ninguna acción de rectificación. Repito, es realmente difícil reclamar las proporciones cuando se firma el finiquito. Por esto antes de firmarlo, siempre tenéis que llevar las cuentas fabricadas, si no sabéis calcularlas asesoraros antes. Si coinciden firmamos, si no coinciden le solicitamos que corrija hasta el momento en que estemos conformes. No tengáis prisa por firmarlo, no es requisito admitirlo en el instante.

Si consideráis que el despido es improcedente, para interponer la demanda solo se tienen 20 días, por esto no lo dejéis hasta el último instante. Deberéis asistir a tu letrado con la carta de despido, contrato, nóminas, vida laboral…en relación les hayan comunicado el despido.

Por último, para pedir la prestación por desempleo tan solo se tienen 15 días hábiles desde el despido para enseñar la documentación frente al más próximo.

En Todoextranjeros nos ocupamos de todo lo relacionado con el Derecho Laboral: contrataciones y despidos (finiquitos), derechos de los trabajadores y de los empleadores,  convenios colectivos,  reclamaciones de cantidad, usadas del hogar, atletas expertos. Para solucionar algún duda, contacta con en el 610 413 445 o bien en .

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