Te vamos a argumentar detalladamente qué es el Modelo 200 de la Agencia Tributaria (AEAT), quién debe entregarlo, de qué manera rellenarlo y de qué plazos dispones para llevarlo a cabo.
Indice
Modelo 200: Impuesto de Sociedades
Antes que nada, definamos qué es el Impuesto de Sociedades (IS): es aquel impuesto que repercute sobre los capital que las organizaciones y entes jurídicos consiguen.
En el 2015 se ajustaron las leyes actuales a fin de que las compañías sociales, culturales y asociaciones civiles y deportivas tuviesen el deber de realizar el mencionado impuesto.
IS y también IRPF: exactamente en qué se distinguen
La distingue entre el Impuesto de Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas está primordialmente en que el IRPF solo perjudica a los provecho que ingresa un individuo física; o sea, todo el que sujeto que tiene una secuencia de derechos y obligaciones allá donde radica.
Período de presentación del Modelo 200 AEAT
Los plazos de distribución del Modelo 200, en contraste con otros modelos, no son iguales para todas y cada una de las entidades; esto deberá ver con las datas del ejercicio económico que sea correcto a cada individuo jurídica, y puede no ser exactamente el mismo que el del año vigente. Como regla, se debe contar 6 meses de ahora en adelante al cese de la actividad económica.
Si el periodo impositivo de una sociedad coincide con el año de hoy, entonces va a tener la obligación de dar el modelo doscientos con fecha límite el 25 de julio.
Primordial: Se va a haber de mostrar el modelo200 inclusive no habiendo ejercido actividad económica en el periodo previo.
¿Quién debe dar el Impuesto de Sociedades (MODELO 200)?
Las organizaciones con hogar en España y personalidad jurídica propia:
Considerable: las organizaciones absolutamente libres de pago, o bien relativamente libres, no van a tener la necesidad de dar el modelo 200.
De qué forma completar el modelo 200 aeat
Periodo impositivo
Se va a deber ingresar las datas que entienden el periodo económico que se desea declarar.
Identificación
En este capítulo se ubica la etiqueta de identidad facilitada por la Hacienda antes.
En el caso de no tener , se va a poder sustituir por una copia del NIF y se rellenarán los espacios reservados para los datos personales.
Ejercicio y Código CNAE
Los números que establece la Agencia Tributaria para admitir el ejercicio económico son el 1, 2 y 3:
El código CNA va a depender para cada compañía según el tamaño de sus operaciones.
Declaración complementaria
Si has anunciado un modelo 200 a la Agencia Tributaria y deseas añadir una declaración complementaria al mismo ejercicio económico que has entregado, deberás redactar una «X» en el recuadro que corresponde.
En tal caso, vas a deber dar el nº de justificante de la declaración anterior a la que deseas añadir el complemento.
Documentación complementaria al Modelo 200 AEAT
Estos documentos se van a deber dar a la par que el modelo 200 a la AEAT:
Enseñar el modelo 200 en la Agencia Tributaria
Es recurrente que de esta clase de documentación se encargue una gestoría. Estos expertos inspeccionan toda la información concerniente a tu compañía, completan los modelos, en un caso así el de Impuesto sobre Sociedades, y lo entregan a la Agencia Tributaria sin que te debas ocupar de nada.
La única forma de hoy de presentarlo es por medio de nuestra web de la AEAT. No se deja la distribución en formato papel bajo concepto alguno. En el botón de abajo les dejamos la descarga oficial del modelo 200 en pdf, actualizado y listo para completar y expedir de forma telemática.
Cabe acordarse que hay que firmar por los representantes legales de la sociedad, así sea uno o bien numerosos de los integrantes.
Géneros de impuestos del IS (Impuesto sobre Sociedades)
La reforma de la Ley de Impuestos sobre Sociedades alteró el apartado que se ajusta a los modelos de impuesto ajustables. Con lo que, pasó a gravar al 30% en lugar de al 25% desde el 1 de enero de 2016.
En lo que supone a las sociedades formadas desde el 1 de enero del 2015, los impuestos son del 15% para el primer ejercicio económico si consiguen provecho y para el próximo a este.
Y el porcentaje de impuestos por guardar o bien hacer empleo sigue en el 25% para las ocupaciones comenzadas en el 2015, tanto si consiguen provecho tal y como si no.