¿Puedo cambiar mi situación de familiar comunitario a sin divorciarme, separarme o bien anular mi pareja en verdad? La respuesta es no.
Las únicas configuraciones de modificación de la situación de familiar comunitario a otros géneros de autorizaciones que corresponden a no comunitarios, se hacen en la situacion de divorcio, separación o bien cancelación de la pareja en verdad, y se deben llevar a cabo obligatoriamente desde el momento en que se consigan las sentencias (separación o bien divorcio) o bien se cancele la .
Asimismo hay que tomar en cuenta que solo se va a poder pedir la modificación en el momento en que la cancelación de la pareja en verdad o bien el comienzo del trámite judicial para la separación o bien el se haya producido pasados tres años desde el instante en que se concedió la .
Los ascendentes y descendientes asimismo deberán pedir esa modificación, puesto que se pierde la condición de comunitario y el derecho.
En nuestra página, en y en Twitter (@Todoextranjeros) puedes consultarnos las inquietudes que te broten similares con este tema o bien con algún otro trámite. ¡Anímate y escríbenos!
www.todoextranjeros.com