Las Embajadas y Consulados de España en otros países forman parte de la Administración del Estado y tienen unas ciertas competencias. Si viajas al extranjero es considerable que sepas los servicios que tienen la posibilidad de prestarte, tal como los que no.
Una Embajada o bien un Consulado puede:
– Mandar pasaportes o bien salvoconductos gracias a caducidad, pérdida o bien sustracción de la documentación personal. Con el fin de regresar a España, la Embajada o bien el Consulado tienen la posibilidad de expedirte, a lo largo del horario de oficina, un archivo de viaje que va a tener una validez limitada.
– Ofrecer información sobre los servicios médicos, académicos y legales del país. Asimismo puedes averiguar la sección ‘Vivir en…’ de la web de la Representación de España en el país de destino.
– En el caso de detención tienes derecho a pedir a las autoridades locales que te pongan rápidamente en contacto con el Cónsul de España.
– Prestar asistencia a los detenidos: avisar la detención a sus familiares si el detenido de este modo lo quiere, visitarle periódicamente, entregarle y recibir mensajes y correo.
– Adelantarte, en situaciones inusuales, la cantidad que se requiere para una repatriación, que va a deber restituirse al Tesoro Público en los plazos establecidos por la Ley.
– Prestarte servicios de Registro Civil, notariales, de legalización de documentos o bien de remisión de comunicaciones y también instancias a organismos españoles.
– Asistirte en el caso de catástrofe o bien urgencia.
Una Embajada o bien un Consulado no puede:
– Actualizar o bien enviar el Archivo Nacional de Identidad.
– Efectuar funcionalidades de agencia de viajes.
– Procurarte un trabajo en el extranjero.
– En el caso de detención o bien hospitalización, garantizarte un régimen mejor que el concedido a los nacionales del país.
– Avalarte, prestarte dinero o bien abonar tus multas.
– Poner a tu predisposición personal a fin de que actúe como intérprete, guía o bien asistente popular.
– Garantizarte la entrada en el país.
– Personarse en tu nombre en un pleito o bien proporcionarte dictámenes jurídicos.
Fuente:
www.todoextranjeros.com