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¿Puedo obtener una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena con una oferta de empleo en España?

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¿Puedo obtener una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena con una oferta de empleo en España?

Para trabajar en España precisas una autorización de vivienda y trabajo por cuenta extraña, si bien vas a deber estar en tu país para pedirla y a fin de que te la concedan debes tener una oferta de trabajo en España. No obstante, si tienes una vivienda persistente no precisarás autorización.

1. Para pedir la autorización de vivienda y trabajo por cuenta extraña vas a deber estar en tu país y tener una oferta de trabajo de un empleador o bien compañía de españa.  No vas a poder pedirla si andas en situación irregular en España.

2. La ocupación que vas a desempeñar va a deber ser evaluada con relación a la situación nacional de empleo, para revisar que ningún trabajador español, comunitario o bien extranjero autorizado a trabajar puede ocupar el puesto utilizable.

3. El empresario o bien empleador al que le interese contratarte presentará la aprobación de autorización adjuntado con la documentación requerida. Va a deber formalizar el contrato antes de tu entrada en España. Aprobada la autorización, vas a tener un mes para pedir el visado en la oficina consular de tu país y para la firma del contrato.

4. Una vez concedido el visado, deberás viajar en el período de vigencia del visado que no va a ser más grande a 3 meses. En relación ingreses en España vas a poder empezar tu actividad y soliciar que se te dé de alta en la Seguridad Popular.

5. Desde tu entrada en España vas a tener un mes para pedir la en la Oficina de Extranjeros o bien en la Comisaría de Policía.

b) Ser beneficiario de una prestación por desempleo (se te renovará por el tiempo que dure la prestación)

c) Ser beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público con el objetivo de poder tu reinserción laboral.

a) La autorización de vivienda y trabajo inicial te va a ser concedida por un año. Vas a estar con limite a efectuar la actividad y en el sitio para la que fue concedida la autorización.

b) La primera y segunda renovación se concederá por 2 años. Te dejará efectuar algún actividad en el sitio que quieras.

c) Y en la próxima renovación se te concederá la vivienda persistente que te dejará trabajar en exactamente las mismas condiciones que los trabajadores españoles y va a tener una vigencia por cinco años.

Una vez concedida la renovación deberás dirigirte a la Oficina de Extranjeros para pedir en el período de un mes tu tarjeta de identidad de extranjero.